Nuevo Impuesto de Solidaridad

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Pia Arrieta DM Properties
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El 28 de diciembre de 2022, se publicó en el BOE la Ley 38/2022, estableciendo el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (Impuesto de Solidaridad) que entró en vigor al día siguiente, 29 de diciembre.

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La Ley 38/2022 crea este impuesto de forma extraordinaria y temporal por dos años fiscales, aunque existe el riesgo de que se convierta en permanente. Actúa como un impuesto complementario al Impuesto sobre el Patrimonio, cedido a las Comunidades Autónomas. En la práctica, esto neutraliza las bonificaciones del Impuesto sobre el Patrimonio en Madrid y Andalucía (100%) y en Galicia (25%, incrementándose al 50% en 2023).

Algunos aspectos relevantes del Impuesto de Solidaridad, regulado en el artículo 3 de la Ley 38/2022, incluyen:

  • Los contribuyentes son los mismos que en el Impuesto sobre el Patrimonio, incluyendo no residentes con bienes en España.
  • El impuesto se aplica a patrimonios netos superiores a 3.000.000 €, utilizando la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio para calcular exenciones y la base imponible.
  • Residentes en España pueden aplicar una reducción de 700.000 € y una exención de 300.000 € por vivienda habitual, por lo que solo pagarán si su patrimonio neto supera los 4.000.000 €.
  • El Impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y solo se aplica a los dos primeros años fiscales desde su entrada en vigor (en principio 2022 y 2023.
  • La escala de gravamen oscila entre el 1,7% y el 3,5%.
  • En Comunidades Autónomas sin bonificaciones en el Impuesto sobre el Patrimonio, se puede deducir lo pagado en dicho impuesto del Impuesto de Solidaridad.
  • La Ley modifica el artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio para gravar acciones de entidades no residentes con activos inmobiliarios en España.

Por lo tanto, el Impuesto de Solidaridad, de alcance estatal, anula las bonificaciones del Impuesto sobre el Patrimonio en algunas Comunidades Autónomas, como Andalucía, pero solo afecta a contribuyentes con patrimonios netos superiores a 3.000.000 € (o 4.000.000 € teniendo en cuenta deducciones y exenciones). La creación de este impuesto estatal plantea dudas sobre su constitucionalidad, debido a posibles conflictos con las competencias tributarias de las Comunidades Autónomas y asimismo la cercanía entre la entrada en vigor (29 de diciembre 2022) y la fecha de devengo (31 de diciembre 2022) podría afectar la seguridad jurídica de los contribuyentes, generando dudas sobre la legalidad del impuesto. Por lo tanto sería aconsejable evaluar la posibilidad de impugnar las autoliquidaciones del Impuesto de Solidaridad y además se plantea si la implementación de este impuesto es justificable, dado el efecto disuasorio que podría tener sobre inversiones, especialmente en Andalucía donde según las cifras oficiales más recientes, un 15% de las compraventas realizadas en 2022 fue a ciudadanos extranjeros; una cifra que aumenta hasta el 33,5% en la provincia de Málaga.

La información anterior no sustituye el asesoramiento jurídico y fiscal profesional, que siempre recomendamos.
Para más datos al respecto puede leer este artículo de Pérez de Vargas Abogados.

Pia Arrieta, 27 Abr 2023 - Noticias

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